El pasado viernes, día 28 de septiembre, el grupo del SIOAS (Servicio integral de orientación, acompañamiento y soporte a la inserción) de Arep acudió al Cibernàrium, situado en el barrio de NOU BARRIS, a la exposición/charla sobre  Derechos laborales básicos.

Es un servicio de asistencia de Barcelona Activa que trata y da consejo  sobre los derechos y los problemas que puedan tener los trabajadores en sus contratos o en su vida laboral. Este servicio se encuentra en varios puntos de Barcelona, nosotros acudimos al punto situado en Nou Barris, en la calle Marie Curie nº  8-14. 08042 Barcelona, telf.  932 917 777, empresa@barcelonactiva.cat.
El horario de atención al cliente, sin cita previa, será el día martes de 9 a 14h y de 15 a 19h.
Este recurso de Barcelona Activa ofrece un servicio de asesoramiento personalizado al trabajador consistente en informar sobre:
  •        Los derechos de los trabajadores                          
  •        Los contratos
  •        Las jornadas laborales
  •        La salud
  •        Las remuneraciones
  •        Las horas extras   
  •        Los despidos 

El objetivo es lograr un mejor mercado laboral, incidiendo en la lucha sobre la precariedad del mismo. En la charla se hizo una introducción a los conceptos básicos que se debían tener en cuenta al acceder a un puesto de trabajo.

  Se habló sobre diferentes conceptos como:  
  •  Los tipos de contrato.
  •  Las nóminas, en qué consistían.
  • Por ejemplo, se habló de que el periodo de prueba tenía que ser de 6 meses para los técnicos titulados y de 2 meses para el resto de los trabajadores.
  •  El periodo de prueba es tanto para la empresa como para el trabajador.
  •  Si el contrato no lo específica, hay que pedir o consultar el convenio colectivo.
  •  La jornada máxima semanal será de 40h semanales o 9h diarias.
  • El convenio colectivo especifica entre 1700/1900h al año dependiendo del sector
  • Sólo se podrán hacer un máximo de 80 horas extras al año.
  • También se habló de las excedencias por matrimonio (15 días); nacimientos de un hijo 2/4 días; lactancia 1h diaria, etc.
  • Las vacaciones serán de 30 días por año trabajado y se tendrán que acordar con anterioridad  dentro de un margen de 2 meses.
  •  En el finiquito tendrán que constar las vacaciones que no se hayan realizado.
  • En caso de enfermedad, los tres primeros días no se cobrará, excepto que el convenio diga lo contrario. Del día 4 al 20 se cobrará el 60% mínimo del salario bruto del mes anterior a la baja. A partir del día 21 se cobrará el 75% del sueldo bruto del mes anterior a la baja.
  • La expositora también comentó que las notificaciones a la empresa, RRHH, se debían hacer por escrito, adjuntando dos copias, una para ti y otra para la empresa, firmadas las dos y sin olvidar tampoco fecharlas correctamente.
  • Cuando comuniquen por escrito algo con lo que no se esté de acuerdo, habrá que firmarlo de la manera que diga “no conforme” y la firma; o “recibo a cuenta de lo que se me debe” y la firma. Entre otras muchas informaciones.

La valoración que podemos dar es muy positiva, es un recurso al que podemos acceder cuando tengamos algún tipo de duda que queramos consultar relacionada con el mundo laboral y no sepamos cómo resolverla.


Grupo compañeros del SIOAS

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